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La banca aumenta los intereses de demora hipotecaria hasta niveles del 29%

Nótese que los intereses de demora ya no se publican porque el Banco de España ya no lo exige, amparándose en la Ley de Transparencia de 2011.. gracias a la casta por defender al populacho.. sigue la sangría..


Vozpópuli - La banca aumenta los intereses de demora hipotecaria hasta niveles del 29%

Los bancos están aumentando las penalizaciones que cobran a sus clientes en caso de retrasarse en los pagos. Entidades rescatadas con dinero público como el Banco de Valencia cobran intereses de demora del 29% a sus clientes. Las tasas han dejado de publicarse porque el Banco de España ya no exige que se hagan públicas amparándose en la Ley de Transparencia de 2011.



En pleno debate sobre los desahucios, los bancos están marcando récords en las penalizaciones que cobran a sus clientes por retrasarse en el pago de la hipoteca. Son los conocidos como “intereses de demora” y, en casos de entidades rescatadas con dinero público como el Banco de Valencia, llegan al 29%, según se extrae de la muestra de 18.000 escrituras hipotecarias que ha analizado la Asociación de Usuarios de Bancos, Cajas y Seguros (ADICAE).

Se trata de un recargo en caso de impago diseñado originalmente para disuadir de la tentación del impago a los clientes pero que, en realidad, se está convirtiendo en una de las grandes causas de embargos hipotecarios y posteriores desahucios, según denuncian los expertos consultados por Vozpópuli.

Más allá de la cuestión moral de si entidades que han necesitado dinero público para pagar sus deudas deben cobrar esos intereses a los clientes por las suyas, existe un problema financiero de “retro-alimentación de la deuda”: cuando alguien se retrasa en el pago de la hipoteca, los intereses de demora multiplican su deuda exponencialmente hasta convertirla en lo que los expertos consultados definen como “deuda perpetua”.

"Son intereses que rozan la usura", asegura Fernando Herrero

En uno de los ejemplos reales analizados por ADICAE, una hipoteca de 100.000 euros concedida por Caja Inmaculada (CAI) a un tipo del 3,5% y durante 25 años arrojaría una hipoteca mensual de 500,62 euros. Sin embargo, tras tres meses de impago, la entidad aplica un interés de demora del 19% sobre el total de la hipoteca por la penalización por retrasarse en los pagos alcanza los 19.000 euros al año. “Son intereses que rozan la usura”, denuncia el presidente de ADICAE en Madrid, Fernando Herrero.



Leyes ignoradas y un mal generalizado en todo el sector

Las tasas son generalizadas puesto que incluso las entidades que más diligentes a la hora de evitar desahucios y renegociar sus participaciones preferentes, como La Caixa, cobran un tipo de interés nominal de demora fijado en el 20,5% para créditos al descubierto con garantía hipotecaria.

La razón es que el Estado no ha querido nunca limitar esos intereses que cobran los bancos en casos de impago con el argumento de tal medida podría “incentivar la morosidad”. Así pues, se ha ignorado la Ley 16/2011, de 24 de junio, de Crédito al Consumo que establece que en ningún caso podrá aplicarse a los créditos al descubierto “un tipo de interés que dé lugar a una tasa anual equivalente o superior a 2,5 veces el precio del dinero”, actualmente fijado en el 4% y que, por tanto, daría lugar a intereses de demora del 10% y no de hasta el 29% como en la actualidad.

Tampoco se ha aplicado la normativa que han dictado gobiernos autonómicos como el catalán. La Generalitat de Catalunya aprobó el pasado 5 de octubre una modificación legal para frenar lo que consideraba como “cláusulas abusivas”. Según el texto los intereses de demora quedarían limitados a 2,5 veces el interés legal del dinero. Ante esas tasas, la propia Defensora del Pueblo ha denunciado los recargos bancarios como “abusivos”.

Hasta ahora, esas tasas debían publicarse en la web del Banco de España donde las entidades tenían obligación legal de declarar las comisiones que cobraban en caso de impagos. Sin embargo, esas tasas han dejado de publicarse, paradójicamente, en aplicación de la Orden EAH/2899/2011 de 28 de octubre de “transparencia y protección del cliente de servicios financieros”.

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