Adicae desenmascarada
Ausbanc alerta a los consumidores ante las asociaciones o despachos de
abogados que ofrecen condiciones muy ventajosas a los afectados por las
participaciones preferentes, ‘swaps’ o cláusula suelo, ofreciéndoles
presentar demandas colectivas. La Justicia ha dictaminado que este tipo
de acciones no son adecuadas para el caso de las participaciones
preferentes, ya que en cada afectado concurren unas circunstancias
personales diferentes y, según la Justicia, no existe un “hecho dañoso”
común a todos ellos.
Equivocarse una vez es un error, dos veces es una torpeza y tres veces
es una elección. Una elección es lo que ha hecho ADICAE que después de
haber cobrado cientos de miles de euros por la presentación de demandas
colectivas a los afectados por las participaciones preferentes, ve como
su estrategia está siendo rechazada por los tribunales de justicia.
1) ERROR: la presentación de demandas colectivas para la anulación de
las cláusulas suelo que después de años interpuestas no avanzan por su
complejidad e inadecuación.
Durante este tiempo AUSBANC ha ganado más de 40 sentencias, y sus
clientes están recuperando ya el dinero cobrado por las entidades
financieras ilegítimamente.
2) TORPEZA: Los tribunales han rechazado la pretensión de ADICAE de
interponer demandas agrupadas frente a Bancos y Cajas que colocaron a
sus clientes con hipotecas los swaps y otros productos de permutas de
interés. Los jueces estiman que para emitir sentencia “se debe resolver
como se le comercializó a cada persona en particular, deberá ir en
procedimiento aparte”
3) ELECCION: Ausbanc ha celebrado hoy dos ruedas de prensa en Santiago
de Compostela y Orense para alertar a los consumidores sobre la poca
efectividad, y los peligros de las demandas colectivas en el caso de las
participaciones preferentes.
El juzgado de primera instancia nº 9 de A Coruña ha dictado un auto en
el declara que una asociación de consumidores –ADICAE- no está
legitimada para la presentación de demandas colectivas.
El motivo fundamental por el que el juzgado niega la legitimidad a esta
asociación es que no “existe “hecho dañoso” común sobre el que
fundamentar la legitimación extraordinaria –de la asociación-, ni en
última instancia se habría acreditado por parte de ADICAE haber
practicado en debida forma la comunicación personal previa del inicio de
la presente litis a todos y cada uno de los clientes de la demanda a
los que pretende representar”.
El juzgado va más allá y matiza esta afirmación. “El primer requisito
que debe concurrir para poder ejercitar una acción colectiva, es que
exista un hecho dañoso común”. Esto, en el caso de las participaciones
preferentes no se produce, ya que cada cliente ha firmado un contrato
independiente con unas circunstancias personales concretas. “No pueden
constituir hecho dañoso común los avatares contractuales de miles de
consumidores. No se está partiendo de un único hecho dañoso con
múltiples perjudicados”.
Demandas individuales
Este juzgado avala, en consecuencia, las tesis mantenidas por Ausbanc de
que la única solución a las participaciones preferentes es la
presentación de demandas individuales, ya que en cada afectado concurren
unas circunstancias personales diferentes. “… la decisión sobre las
mismas no puede ser colectiva sino que exigiría, mediante el ejercicio
de las oportunas acciones individuales, el análisis, también individual,
de los distintos contratos -aunque similares, nos encontramos ante
multitud de relaciones contractuales en las que no en todos los casos
las obligaciones son idénticas ni su situación es la misma”.
ADICAE se ha convertido en un producto tan toxico como los que pretende
denunciar con escaso éxito. Con el agravante adicional que cobra de los
clientes durante años a los que oculta la situación procesal de los
procedimientos, y del estado.
El Boletín Oficial de Estado publica hoy las subvenciones aprobadas por
el Instituto nacional de Consumo para esta asociación: más de 353.000
euros de los Presupuestos General del Estado a los que habría que sumar
los recibidos de la CA de Madrid, Extremadura y Aragón, al menos, además
de múltiples ayuntamientos y otros entes administrativos.
ADICAE lleva recibiendo años cantidades muy importantes de subvenciones ,
alguna de ellas has sido declaradas ilegales por los Tribunales sin que
hasta el memento se haya procedido a la devolución efectiva de las
cantidades cobradas ilegalmente.
Alerta a los consumidores
Ante esta posición del Juzgado, Ausbanc quiere alertar a los
consumidores ante las asociaciones o despacho de abogados que ofrecen
condiciones muy ventajosas a los afectados por las participaciones
preferentes ofreciéndoles presentar demandas colectivas.
Esto supone un “engaño” a los consumidores, ya que este tipo de demandas
no prosperará. Según Núñez, “este tipo de acciones, además de hacer
perder el tiempo a la gente y desanimarla, son utilizadas como
instrumento por la entidad bancaria demandada para tratar de impedir que
afectados particulares demanden”.
En palabras sencillas, se produce un ‘efecto tapón’. Cuando se presenta
una demanda colectiva y a continuación un particular quiere demandar a
título personal, habitualmente el abogado de la entidad demandada alega
que ya hay presentada una colectiva y, hasta que esta no se resuelva, el
proceso queda paralizado. Dado que son demandas muy complicadas y con
muchos implicados, lo habitual es que el proceso se demore por largo
tiempo haciendo perder las esperanzas de los afectados que acaban
“tirando la toalla”.
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