20130312

Adicae desenmascarada

Adicae desenmascarada

Ausbanc alerta a los consumidores ante las asociaciones o despachos de abogados que ofrecen condiciones muy ventajosas a los afectados por las participaciones preferentes, ‘swaps’ o cláusula suelo, ofreciéndoles presentar demandas colectivas. La Justicia ha dictaminado que este tipo de acciones no son adecuadas para el caso de las participaciones preferentes, ya que en cada afectado concurren unas circunstancias personales diferentes y, según la Justicia, no existe un “hecho dañoso” común a todos ellos.

Equivocarse una vez es un error, dos veces es una torpeza y tres veces es una elección. Una elección es lo que ha hecho ADICAE que después de haber cobrado cientos de miles de euros por la presentación de demandas colectivas a los afectados por las participaciones preferentes, ve como su estrategia está siendo rechazada por los tribunales de justicia.

1) ERROR: la presentación de demandas colectivas para la anulación de las cláusulas suelo que después de años interpuestas no avanzan por su complejidad e inadecuación.

Durante este tiempo AUSBANC ha ganado más de 40 sentencias, y sus clientes están recuperando ya el dinero cobrado por las entidades financieras ilegítimamente.

2) TORPEZA: Los tribunales han rechazado la pretensión de ADICAE de interponer demandas agrupadas frente a Bancos y Cajas que colocaron a sus clientes con hipotecas los swaps y otros productos de permutas de interés. Los jueces estiman que para emitir sentencia “se debe resolver como se le comercializó a cada persona en particular, deberá ir en procedimiento aparte”

3) ELECCION: Ausbanc ha celebrado hoy dos ruedas de prensa en Santiago de Compostela y Orense para alertar a los consumidores sobre la poca efectividad, y los peligros de las demandas colectivas en el caso de las participaciones preferentes.

El juzgado de primera instancia nº 9 de A Coruña ha dictado un auto en el declara que una asociación de consumidores –ADICAE- no está legitimada para la presentación de demandas colectivas.

El motivo fundamental por el que el juzgado niega la legitimidad a esta asociación es que no “existe “hecho dañoso” común sobre el que fundamentar la legitimación extraordinaria –de la asociación-, ni en última instancia se habría acreditado por parte de ADICAE haber practicado en debida forma la comunicación personal previa del inicio de la presente litis a todos y cada uno de los clientes de la demanda a los que pretende representar”.

El juzgado va más allá y matiza esta afirmación. “El primer requisito que debe concurrir para poder ejercitar una acción colectiva, es que exista un hecho dañoso común”. Esto, en el caso de las participaciones preferentes no se produce, ya que cada cliente ha firmado un contrato independiente con unas circunstancias personales concretas. “No pueden constituir hecho dañoso común los avatares contractuales de miles de consumidores. No se está partiendo de un único hecho dañoso con múltiples perjudicados”.

Demandas individuales

Este juzgado avala, en consecuencia, las tesis mantenidas por Ausbanc de que la única solución a las participaciones preferentes es la presentación de demandas individuales, ya que en cada afectado concurren unas circunstancias personales diferentes. “… la decisión sobre las mismas no puede ser colectiva sino que exigiría, mediante el ejercicio de las oportunas acciones individuales, el análisis, también individual, de los distintos contratos -aunque similares, nos encontramos ante multitud de relaciones contractuales en las que no en todos los casos las obligaciones son idénticas ni su situación es la misma”.

ADICAE se ha convertido en un producto tan toxico como los que pretende denunciar con escaso éxito. Con el agravante adicional que cobra de los clientes durante años a los que oculta la situación procesal de los procedimientos, y del estado.

El Boletín Oficial de Estado publica hoy las subvenciones aprobadas por el Instituto nacional de Consumo para esta asociación: más de 353.000 euros de los Presupuestos General del Estado a los que habría que sumar los recibidos de la CA de Madrid, Extremadura y Aragón, al menos, además de múltiples ayuntamientos y otros entes administrativos.

ADICAE lleva recibiendo años cantidades muy importantes de subvenciones , alguna de ellas has sido declaradas ilegales por los Tribunales sin que hasta el memento se haya procedido a la devolución efectiva de las cantidades cobradas ilegalmente.

Alerta a los consumidores

Ante esta posición del Juzgado, Ausbanc quiere alertar a los consumidores ante las asociaciones o despacho de abogados que ofrecen condiciones muy ventajosas a los afectados por las participaciones preferentes ofreciéndoles presentar demandas colectivas.

Esto supone un “engaño” a los consumidores, ya que este tipo de demandas no prosperará. Según Núñez, “este tipo de acciones, además de hacer perder el tiempo a la gente y desanimarla, son utilizadas como instrumento por la entidad bancaria demandada para tratar de impedir que afectados particulares demanden”.

En palabras sencillas, se produce un ‘efecto tapón’. Cuando se presenta una demanda colectiva y a continuación un particular quiere demandar a título personal, habitualmente el abogado de la entidad demandada alega que ya hay presentada una colectiva y, hasta que esta no se resuelva, el proceso queda paralizado. Dado que son demandas muy complicadas y con muchos implicados, lo habitual es que el proceso se demore por largo tiempo haciendo perder las esperanzas de los afectados que acaban “tirando la toalla”.

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