20130926

El Tribunal de Cuentas archiva la causa por las presuntas irregularidades en Invercaria

sobre hechos del 2009 (ya muchos habrán olvidado el caso), así funciona la justicia en hispanistán.. otro recurso muy utilizado es la prescripción (dejar pasar el tiempo).. pues nada.. disfruten lo votado..


El Tribunal de Cuentas archiva la causa por las presuntas irregularidades en Invercaria

  • Se descarta que los encargados incurrieran en responsabilidades contables
  • El examen de la documentación acredita la ausencia de irregularidades
  • La Fiscalía asegura que las supuestas anomalías estan justificadas
El Tribunal de Cuentas ha archivado la causa abierta por las supuestas irregularidades en las cuentas de Invercaria, la empresa pública de inversión en capital riesgo de la Junta de Andalucía, ya que descarta que los responsables de esta entidad mercantil incurrieran en responsabilidades contables "por alcance" por la contratación de tres empleados y los gastos de representación del que fuera presidente, Tomás Pérez-Sauquillo, ascendentes a 25.101,09 euros en 2009.

En un auto dictado el pasado 17 de septiembre, el Tribunal de Cuentas señala que, "del examen de la documentación aportada en las actuaciones previas, ha quedado acreditado la ausencia de elementos constitutivos de la responsabilidad contable, puesto que las presuntas irregularidades detectadas, en un principio, en la gestión económico-financiera de Invercaria que afectaban al abono de retribuciones y gastos de representación a determinados empleados han quedado plena y debidamente justificadas".

Según el Tribunal de Cuentas, ello "ha motivado apreciar la ausencia de menoscabo en los caudales públicos", a lo que se suma que no ha existido un "perjuicio real y concreto a los fondos públicos, imputables por negligencia grave a persona alguna", todo lo cual ya había llevado a la Fiscalía a interesar la no incoación de juicio contable al resultar "de modo manifiesto e inequívoco la inexistencia de caso alguno de responsabilidad contable".

Por este motivo, el consejero de cuentas José Manuel Suárez Robledano declara que no procede la incoación del procedimiento de reintegro por alcance y acuerda archivar las actuaciones, lo que se produce después de que la delegada instructora emitiera un acta de liquidación provisional advirtiendo de la "ausencia de existencia de hechos susceptibles de generar responsabilidad contable por alcance".

Entre las irregularidades denunciadas se encuentra la de los tres supuestos 'mochileros' -personas que cobraban de Invercaria aunque no trabajaban en la misma-, como son J.L.M., que fue contratada por Invercaria "a pesar de prestar servicios en el Observatorio para la Innovación y Participación", no obstante lo cual "esa irregularidad formal quedaba justificada por cuanto el mencionado Observatorio carecía de personal propio y sus plantillas se integraban por empleados de distintas entidades de la Consejería, retribuyéndose sus trabajos con fondos públicos y sin que constara que se hubieran recibido otros emolumentos distintos a los satisfechos por la empresa pública".

El segundo caso es el de Á.L.G., sobre el que el Tribunal de Cuentas argumenta que "sus actividades no afectaban a su jornada de trabajo, a tiempo completo en Invercaria, ni a las funciones realizadas en la misma, debidamente retribuidas por dicha empresa pública", o el de O.F.V., que fue contratado por Invercaria como director de uno de los centros de apoyo al desarrollo empresarial y que, por tanto, "desarrolló una actividad que repercutía en la actividad" de la empresa pública, "sin que constara además que recibiera otra retribución que no fuera procedente de la misma".

En relación a los gastos por importe de 25.101,09 euros correspondientes a la tarjeta Visa de Pérez-Sauquillo, el Tribunal de Cuentas concluye que los mismos "fueron realizados dentro del ámbito de actuación de la empresa y acordes con su objeto social", puesto que "consta la correspondiente certificación de las razones determinantes de cada uno de los supuestos de gasto controvertidos, así como documentación que permite fijar su cuantía, finalidad, el evento concreto que los motivó y su relación con la actividad desarrollada por la entidad, debiéndose entender, así, como debidamente justificados".

A tenor de todo ello, la Fiscalía ya consideró que "las irregularidades en un principio señaladas se hallaban documentalmente justificadas y no se constataba la existencia de menoscabo alguno para los fondos de Invercaria", por lo que interesó la no incoación de juicio contable "al resultar de modo manifiesto e inequívoco la inexistencia de caso alguno de responsabilidad contable".

De su lado, la representación letrada de la Junta de Andalucía también concluyó que los hechos analizados no reunían los requisitos para generar responsabilidad contable y solicitó la no incoación de juicio y el consiguiente archivo de las actuaciones, lo que también pidió el representante legal de Invercaria.

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