lo raro es que no se condene también al "compañero" (o en su defecto, al superior) por encubrir a un delincuente..
hablamos de unos hechos de febrero de 2012.. hasta diciembre de 2014.. ést es la "velocidad" de la justicia en hispanistán..
disfruten lo votado..
Cárcel para un ertzaina por agredir a dos fotógrafos en el Athletic-Mirandés de 2012
El 7 de febrero de 2012, dos meses antes de matar de un pelotazo a Iñigo
Cabacas, la Ertzaintza protagonizó otro incidente violento coincidiendo
con un importante partido del Athletic. Se trataba del partido de
vuelta de las semifinales de Copa, y aquella tarde la Policía autonómica
llevó a cabo una carga a consecuencia de la cual un fotógrafo resultó
herido de cierta gravedad y a otro le rompieron la cámara. El policía
autor de la agresión ha sido condenado a dos años.
Identificación.
La sentencia cree «un tanto extraño» que los ertzainas no fueran
capaces de identificar al agente que blandía el bastón policial porque
«actúan por binomios desde hace muchos años, lo que favorece su
identificación».
La Sección Primera de la Audiencia
Provincial de Bizkaia ha condenado a un ertzaina a dos años de prisión y
al pago de más de 8.000 euros por agredir con una porra de madera, sin
motivo alguno, a un fotógrafo de prensa y romperle la cámara a otro,
cuando cubrían la información sobre el partido de fútbol de la Copa que
se iba a disputar en Bilbo entre el Athletic y el Mirandés el 7 de
febrero de 2012, según la sentencia que ayer difundió Europa Press.
Los hechos ocurrieron minutos antes de las 20.30 de ese día. La Policía
autonómica había establecido un dispositivo de seguridad, con dos
furgonetas, durante el traslado de los jugadores y técnicos del Athletic
desde un céntrico hotel hasta San Mamés. Los dos vehículos policiales
acompañaban al autobús que trasladaba al equipo rojiblanco por la calle
Lehendakari Leizaola, a la altura del Palacio Euskalduna, cuando se
produjeron unos incidentes.
En ese momento, las furgonetas se detuvieron, saliendo al exterior
varios agentes pertrechados con material antidisturbios. Según se apunta
en la sentencia, el jefe de la unidad ordenó realizar una burbuja de
seguridad con indicación de la utilización del «bastón policial».
Fue entonces cuando el agente condenado salió del vehículo y, «sin
que obedeciera a una concreta situación de necesidad de protección de
personas o bienes», haciendo uso del «bastón policial» se dirigió hacia
uno de los fotógrafos que cubría el acontecimiento y le golpeó en la
mano. El profesional agredido -Mitxi Calvo, que cubría el partido
para «El Mundo»- se encontraba con la cámara fotográfica a la altura del
pecho, sin hacer uso de ella. Con el golpe, el dedo índice le impactó
sobre el disparador de la cámara, lo que le produjo una fractura abierta
intraarticular. Las lesiones causadas por el porrazo precisaron de un
tratamiento médico y rehabilitador de 94 días, durante los que no pudo
desarrollar sus labores habituales. Además, le quedaron cicatrices y
otras secuelas, como limitación del movimiento en la articulación.
No quedó ahí el ataque, pues tras agredir a este fotógrafo, el
ertzaina se dirigió hacia Jon Hernáez, que cubría el evento para la
agencia Argazki Press, y le golpeó la cámara, que sufrió importantes
desperfectos y tuvo que ser reparada.
Uso de «medio peligroso»
La Audiencia vizcaína cree que los
hechos probados son constitutivos de un delito de lesiones dolosas «con
utilización de medio peligroso» en grado de consumación, tipificado
en los artículos 147.1 y 148.1 del Código Penal, y un delito de daños
dolosos contemplado en el artículo 263 del Código Penal.
Para constatar los hechos, existen testigos y fotografías en las que el
agente, que lleva verduguillo, se encuentra en disposición de ir a
utilizar su porra.
La sentencia, además, cree «un tanto extraño» que los ertzainas del
dispositivo de seguridad no fueran capaces de indentificar al agente que
blandía el bastón policial porque «actúan por binomios desde hace
muchos años, lo que favorece su identificación», y porque, «dada la
ubicación de la furgoneta y las escasas personas que aparecen en ella,
no debiera ser muy difícil recordar cuál de ellos utilizó o no la porra
en dirección al fotógrafo». Hay que recordar, en este mismo sentido, que
dos meses después de aquellos hechos la Ertzaintza mató al joven Iñigo
Cabacas de un pelotazo tras un partido del Athletic y todavía no se ha
podido determinar quién efectuó el disparo.
El Tribunal
considera «graves» los hechos y considera que el agente, «sin necesidad
alguna, utilizó la porra para agredir». Por la agresión, condena al
ertzaina a dos años de prisión e inhabilitación
especial para el derecho de sufragio pasivo, además del pago de las
costas procesales, incluidas las de la acusación particular, por un
delito de lesiones con medio peligroso. Asimismo, le obliga a indemnizar
al fotógrafo con 15.660 euros, más los intereses, y se declara
la responsabilidad civil directa del Departamento de Seguridad de Lakua.
También impone al agente una multa de 780 euros por un delito de daños,
al haber tirado la cámara del otro fotógrafo. Además, deberá indemnizar
a la agencia Argazki Press con una cuantía de 1.732 euros,
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