20141227

Cárcel para un ertzaina por agredir a dos fotógrafos en el Athletic-Mirandés de 2012

lo raro es que no se condene también al "compañero" (o en su defecto, al superior) por encubrir a un delincuente..

hablamos de unos hechos de febrero de 2012.. hasta diciembre de 2014.. ést es la "velocidad" de la justicia en hispanistán..

disfruten lo votado..


Cárcel para un ertzaina por agredir a dos fotógrafos en el Athletic-Mirandés de 2012

El 7 de febrero de 2012, dos meses antes de matar de un pelotazo a Iñigo Cabacas, la Ertzaintza protagonizó otro incidente violento coincidiendo con un importante partido del Athletic. Se trataba del partido de vuelta de las semifinales de Copa, y aquella tarde la Policía autonómica llevó a cabo una carga a consecuencia de la cual un fotógrafo resultó herido de cierta gravedad y a otro le rompieron la cámara. El policía autor de la agresión ha sido condenado a dos años.


Identificación. La sentencia cree «un tanto extraño» que los ertzainas no fueran capaces de identificar al agente que blandía el bastón policial porque «actúan por binomios desde hace muchos años, lo que favorece su identificación».

La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Bizkaia ha condenado a un ertzaina a dos años de prisión y al pago de más de 8.000 euros por agredir con una porra de madera, sin motivo alguno, a un fotógrafo de prensa y romperle la cámara a otro, cuando cubrían la información sobre el partido de fútbol de la Copa que se iba a disputar en Bilbo entre el Athletic y el Mirandés el 7 de febrero de 2012, según la sentencia que ayer difundió Europa Press.

Los hechos ocurrieron minutos antes de las 20.30 de ese día. La Policía autonómica había establecido un dispositivo de seguridad, con dos furgonetas, durante el traslado de los jugadores y técnicos del Athletic desde un céntrico hotel hasta San Mamés. Los dos vehículos policiales acompañaban al autobús que trasladaba al equipo rojiblanco por la calle Lehendakari Leizaola, a la altura del Palacio Euskalduna, cuando se produjeron unos incidentes.

En ese momento, las furgonetas se detuvieron, saliendo al exterior varios agentes pertrechados con material antidisturbios. Según se apunta en la sentencia, el jefe de la unidad ordenó realizar una burbuja de seguridad con indicación de la utilización del «bastón policial».

Fue entonces cuando el agente condenado salió del vehículo y, «sin que obedeciera a una concreta situación de necesidad de protección de personas o bienes», haciendo uso del «bastón policial» se dirigió hacia uno de los fotógrafos que cubría el acontecimiento y le golpeó en la mano. El profesional agredido -Mitxi Calvo, que cubría el partido para «El Mundo»- se encontraba con la cámara fotográfica a la altura del pecho, sin hacer uso de ella. Con el golpe, el dedo índice le impactó sobre el disparador de la cámara, lo que le produjo una fractura abierta intraarticular. Las lesiones causadas por el porrazo precisaron de un tratamiento médico y rehabilitador de 94 días, durante los que no pudo desarrollar sus labores habituales. Además, le quedaron cicatrices y otras secuelas, como limitación del movimiento en la articulación.

No quedó ahí el ataque, pues tras agredir a este fotógrafo, el ertzaina se dirigió hacia Jon Hernáez, que cubría el evento para la agencia Argazki Press, y le golpeó la cámara, que sufrió importantes desperfectos y tuvo que ser reparada.

Uso de «medio peligroso»

La Audiencia vizcaína cree que los hechos probados son constitutivos de un delito de lesiones dolosas «con utilización de medio peligroso» en grado de consumación, tipificado en los artículos 147.1 y 148.1 del Código Penal, y un delito de daños dolosos contemplado en el artículo 263 del Código Penal.

Para constatar los hechos, existen testigos y fotografías en las que el agente, que lleva verduguillo, se encuentra en disposición de ir a utilizar su porra.

La sentencia, además, cree «un tanto extraño» que los ertzainas del dispositivo de seguridad no fueran capaces de indentificar al agente que blandía el bastón policial porque «actúan por binomios desde hace muchos años, lo que favorece su identificación», y porque, «dada la ubicación de la furgoneta y las escasas personas que aparecen en ella, no debiera ser muy difícil recordar cuál de ellos utilizó o no la porra en dirección al fotógrafo». Hay que recordar, en este mismo sentido, que dos meses después de aquellos hechos la Ertzaintza mató al joven Iñigo Cabacas de un pelotazo tras un partido del Athletic y todavía no se ha podido determinar quién efectuó el disparo.

El Tribunal considera «graves» los hechos y considera que el agente, «sin necesidad alguna, utilizó la porra para agredir». Por la agresión, condena al ertzaina a dos años de prisión e inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo, además del pago de las costas procesales, incluidas las de la acusación particular, por un delito de lesiones con medio peligroso. Asimismo, le obliga a indemnizar al fotógrafo con 15.660 euros, más los intereses, y se declara la responsabilidad civil directa del Departamento de Seguridad de Lakua. También impone al agente una multa de 780 euros por un delito de daños, al haber tirado la cámara del otro fotógrafo. Además, deberá indemnizar a la agencia Argazki Press con una cuantía de 1.732 euros,

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