20150416

Los notarios de España

un monopolio, y encima, ésto..

luego resulta que hispanistán no es competitiva, y que "la crisis vino de fuera".. claro, claro..

disfruten lo votado..



Los notarios de España

Hace dos días me ha pedido una abogada que vaya a hacerle un poder a su favor al notario. Como ya venía escamado de varios notarios por tarifas infladas y sospechosas, me metí a leer el arancel notarial para ver si podía adivinar a cuánto iba a ascender la clavadita. Ella me dijo que "sobre los 50€".

Llamé a uno y me dijo que 67€. Entonces miré el arancel y vi que por un documento sin cuantía, tipificado explícitamente como "poderes para pleitos", se debían cobrar 15€.

Llamé a otro notario y sí que me confirmó el precio de 50€. Le indiqué que en el arancel ponía 15€ y me dijo que faltaba sumar los folios de matriz y las copias.

Entonces, sí: estudiando concienzudamente el arancel oficial de los notarios, puedo dar fe de que un poder notarial para representación en pleitos, si está expresado en menos de cinco folios y se da únicamente una copia autorizada, tiene que costar: (15,025303 + (3,005061 * 5)) * 1,21 = 36,36€.

Ahora vamos a ver si existe algún notario en España que es capaz de otorgar poderes a una abogada sin consumir más de cuatro folios a dos caras en el empeño.

Y esto no es más que una pequeña menudencia, sólo me querían cobrar el doble de lo legal. Atended ahora a una anécdota más interesante:

Hace tres años abrí una SL destinada a facturar por mi aplicación GIMAD, que finalmente no obtuvo financiación. Para abrir esa SL, como suelen hacer los pardillos en este tema, quise fiarme de un amigo que tenía una asesoría. Este amigo me enfocó hacia su padre, que empezó a tramitar todo por un precio de 350€.

Primero fuimos al notario y nos recibió don Miguel Giner Albalate, viejo campechano que tenía su despacho en un ático de la calle más cara de Dénia, con grandes vistas. Estuvimos en el cuartito esperando y vino todo apresurado chocando manos con su traje gris y sus maneras de señor muy importante. Se sentó, abrió las escrituras y me dijo: "tú aquí eres como Juan Palomo: yo me lo guiso, yo me lo como". Jajaja, qué campechanía, con qué simpatía este buen jurista me estaba facilitando mi aventura empresarial.

Sin más charla, firmé y me deseó buena suerte. Salí acompañado de mi "gestor" tan feliz y sacando pecho. Esto es codearse en las altas instancias, como buen "emprendedoh".

Llegué a casa y se me ocurrió la mala idea de leer las escrituras. Folio 2, párrafo 3º:
Previamente yo, el Notario, de acuerdo la instrucción de 18 de mayo de 2011 de la D.G.R.N. en aplicación del R.D. Ley de 13/2010, de 3 de diciembre publicada en el B.O.E. con fecha 25 de mayo de 2011, he informado a los comparecientes sobre el procedimiento de constitución telemática con las características del proceso constitutivo de las mismas, con indicación expresa de plazos y reducción de costes, no obstante ello, los comparecientes desisten del procedimiento especial...
¿¿Esto qué coño es?? Me pongo a buscar en Google y rápidamente doy con este párrafo:
Escrituras de constitución de sociedades de responsabilidad limitada por vía telemática que no tuvieren entre sus socios personas jurídicas ni un capital social superior a 30.000 euros y cuyo órgano de administración delimitado en los estatutos sociales se estructure como un administrador único, varios administradores solidarios, cualquiera que sea su número, o dos administradores mancomunados, por todos los conceptos: 150 euros. Dicha cantidad será de 60 euros, por todos los conceptos, cuando, además de los requisitos anteriores, el capital social de las sociedades de responsabilidad limitada no sea superior a 3.100 euros y sus estatutos se adapten a algunos de los aprobados por el Ministerio de Justicia.
RD 1612/2011 de 14 de noviembre, instrucción repetida en varias otras fuentes. Cualquier notario sabía y sabe que está obligado a constituir las SL por un total de 150€, pudiendo llegar a 60€ si copia y pega los estatutos (que a mí me la suda si copia y pega).

Les habían obligado a cumplir con esto y a comunicar de manera fehaciente esta oferta a todos los que pasaban por su notaría, pero yo juro que el tío aquel no mencionó absolutamente nada de eso, por mucho que lo pusiera en las escrituras. Lo que iban a cobrar entre los dos sumaba más de 800€. En total, se me iban a quedar, entre notario, registro y gestor, algo más de 1000€ para algo que valía 60€.

Estuve montándola por teléfono y el gestor acabó por no cobrar, el notario se conformó con 150€, pero el registro no sabía nada del tema y al final pagué 360€ y esperé cuatro semanas por algo que vale en total unos 100€ y tarda tres días.

Luego vino, en agosto del 14, el momento de cerrar la SL. Cosa fácil y sencilla. Escamado como estaba del notario de Dénia, acudí al de Pedreguer, don Manuel Domínguez Sánchez.

Manuel era mucho más joven, un tío simpático, sin traje. Me presenté sin gestor, claro, conociendo ya los procedimientos. Tenía pensado ir yo mismo a la oficina liquidadora y al registro para recortar gastos.

Me hizo el tío la escritura y ya al final me preguntó: "¿quieres que te lo tramite yo telemáticamente?". Pensando en aquellos 60€, siendo gratis la tramitación telemática, pensé que sería también gratis. En ningún momento esta persona mencionó absolutamente nada acerca de los costes de su tramitación.

Y después me encontré la factura:



Total: 535,89€ con IVA incluído.

El primer concepto, con el arancel 2.1, no tiene discusión: 85,64€ por el porcentaje que le corresponde a él de los 3.100€ que tenía de capital la empresa.

El segundo concepto, "copias autorizadas", asciende a 40,57€ porque él metió todos los resguardos del Registro Mercantil y de la Oficina Liquidadora dentro de la escritura, de manera que los cinco folios pasaron a ser 16. Sin eso, los cinco folios habrían venido a costar 15€.

El tercer concepto, "copias simples", yo nunca lo solicité ni a mí se me ofreció. Simplemente, lo pone ahí sin preguntar: 18,03€.

El cuarto concepto, "folios", se refiere a los folios de la escritura de la matriz que exceden del cuarto. Es decir, que con su tramitación telemática fueron 5 + 11 folios de pura basura y sin la tramitación únicamente hubiesen sido 5 + 1. A tres euros cada cara, nos suman 66€ (él pone 69,12€, no sé por qué). Esto tenían que haber sido 6€.

El quinto concepto "diligencias/salida" corresponde a su visita a la Oficina Liquidadora, por la que cobró 15,03€.

El sexto concepto "copias electrónicas" corresponde a una supuestas dos copias electrónicas que tuvo que realizar para la tramitación electrónica. Sin tramitación electrónica este concepto desaparece. Suma en la factura 78,13€. Repito: por una "copia electrónica" de una escritura que es suya, de la que tiene la matriz, de la que ya ha hecho una copia autorizada y otras dos simples, mete otros 39€, y hace dos por si acaso. Ctr + c.

Aparece luego un apartado de "suplidos (norma 8ª) y cobra por "papel" 4,8€ y por "información registral" 15€. El papel sería menos de la mitad sin tramitación telemática, así que se quedaría en unos 3€. La información registral supongo que se queda como está, por ser una obligación que tiene (después de las copias telemáticas y diversas comunicaciones).

Acaba la factura con el concepto de "tramitación", que suma 120€. Quiere decir esto que todo lo que anteriormente ha ido cobrando no era la tramitación telemática en sí. La tramitación telemática viene ahora y se queda en esos 120€.

Entonces, sumo:

Sin tramitación telemática: 124,64€ + 21% = 150,81€.

Con tramitación telemática: 446,32 + 21% = 535,89€.

Coste de la "tramitación telemática": 385€.

POR UNA PUTA ESCRITURA PARA CERRAR UNA SL. Y si alguien se cree que el proceso telemático fue más rápido: hasta el 3 de septiembre no pude retirar mi escritura.

Repito: este individuo se llama Manuel Domínguez Sánchez y opera en Pedreguer.

Y el lunes vuelvo otra vez a otro de Alicante.

1 comentario:

Anónimo dijo...

Muy buena la denuncia: con datos, nombres y apellidos.

¡Grande!